Infórmate sobre como descalificar una vivienda protegida
La descalificación voluntaria de una vivienda sujeta a protección es aquel procedimiento cuyo objeto consiste en que dicha vivienda pierda su condición de protegida antes de finalizar el plazo previsto inicialmente, siendo, por tanto, una vivienda libre a partir de ese momento.
Para ello es imprescindible, una vez iniciado el procedimiento, la devolución de las ayudas percibidas por la compra de la vivienda, así como el interés legal del dinero de las mismas cantidades desde la fecha en que fueron recibidas hasta la fecha de la solicitud de descalificación.
Causas de descalificación:
- De forma automática, por el mero transcurso del tiempo establecido para la extinción del régimen de protección, según se detalla en la Sección «¿A qué tipo corresponde tu vivienda?«. En este caso no hay que efectuar ningún trámite administrativo, puesto que la vivienda queda automáticamente descalificada. El plazo de duración depende de dos factores, la tipología de vivienda de que se trate y de las ayudas concedidas.
- De forma voluntaria, a solicitud del interesado propietario de la vivienda. A continuación te explicamos todo el procedimiento.
- Por sanción.
¿A qué tipo corresponde tu vivienda?
En los siguientes cuadros mostramos la duración del régimen legal de protección de las viviendas protegidas en el ámbito de la Comunidad de Madrid, e indicamos si son susceptibles de descalificación voluntaria, así como el tiempo que ha de transcurrir desde el otorgamiento de la calificación definitiva para que los titulares de las mismas puedan ejercer este derecho.
Vivienda con Protección Pública (VPP) calificadas al amparo del Decreto 74/2009
Vivienda con Protección Pública (VPP) calificadas al amparo del Decreto 11/2005
Vivienda con Protección Pública (VPP) calificadas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 11/2005
Viviendas de Protección Oficial (VPO)
Cuándo es posible y qué requisitos son necesarios
Requisitos
Solicitud
Accede a la tramitación y al abono de la tasa
Junto a la solicitud debes presentar, además de la documentación que en ella se indique, el ejemplar para la Administración de la tasa, una vez que esta haya sido abonada.
Tramitación
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