miércoles, 4 diciembre, 2024
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Hemos conseguido participar en el Pleno según el Reglamento Orgánico Municipal impuesto

Hemos conseguido participar en el Pleno según el Reglamento Orgánico Municipal impuesto. Lo primero es tener el Reglamento Orgánico Municipal que publicó el Boletín de la Comunidad de Madrid, pero no ha publicado ni enlazado por el Ayuntamiento de Tres Cantos. Es como si no estuvieran orgullosos de enseñar su «joya de la participación ciudadana».

Por ello lo hemos pedido al teléfono del WhatsApp del Ayuntamiento y en unas horas el mismísimo Javier Juárez mandaba el enlace a horas intempestivas. Otra cosa no, pero trabajar, trabaja y mucho. No es tan de fotos.

En marzo todavía tenía voz el pueblo,...
En marzo todavía tenía voz el pueblo,…

Del texto extraemos en la página 18 lo que afecta al modo de participar los ciudadanos en el Pleno.

SECCIÓN VI
Participación ciudadana

Art. 68. Participación ciudadana.—Una vez finalizada y levantada la sesión ordinaria del Pleno, las intervenciones del público se regirán por las siguientes normas:

1. Las preguntas podrán presentarse de dos formas:
1.1. Por escrito, en el Registro Municipal mediante instancia general dirigida a Participación
Ciudadana, con al menos, setenta y dos horas de antelación a la celebración
de la sesión plenaria correspondiente.

1.2. De forma oral el mismo día del pleno. Los vecinos que quieran realizar alguna pregunta en el Pleno deberán hacerlo constar en el registro que se habilitará a tal efecto antes de que termine la sesión ordinaria en curso.
2. Deberán tratar sobre asuntos de competencia municipal y que no requieran resolución
jurídica.
3. Podrá formular preguntas cualquier vecino que se encuentre empadronado en Tres Cantos, facilitando sus datos (nombre y apellidos, NIF y domicilio).
4. Podrán formular preguntas las Asociaciones que se encuentren legalmente constituidas y registradas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Tres Cantos. Expondrá la pregunta solamente una persona (la persona acreditada por la Junta Directiva a tal efecto).
5. La solicitud será tenida en cuenta únicamente para el Pleno ordinario del mes en curso.
6. Las preguntas presentadas por registro municipal serán de obligatoria respuesta en el pleno, siempre que el autor de la misma esté presente en la sesión correspondiente. En caso de no comparecencia del autor de la pregunta, esta será leída por el presidente de la sesión y podrá ser contestada oralmente o por escrito. Se establece un plazo máximo de diez días hábiles a  contar desde el día siguiente a la celebración de la sesión plenaria en la que se formule, para que sea contestada por el concejal delegado competente por razón de la materia o por cualquier otro miembro de la Corporación. Las respuestas se enviarán también a los portavoces de todos los grupos municipales.
7. Las preguntas realizadas directamente en el Pleno de forma oral, podrán ser  respondidas al finalizar el turno de preguntas de los vecinos, o por escrito en un plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la celebración de la sesión plenaria en la que se formule, por el concejal delegado competente por razón de la materia o por cualquier otro miembro de la Corporación. Las respuestas se enviarán también a los portavoces de todos los grupos municipales.
8. Ni las preguntas ni las respuestas podrán provocar debate alguno.
9. El autor de la/s pregunta/s dispondrá de un tiempo máximo de tres minutos para formular cada una de ellas, ciñéndose en su intervención al asunto presentado previamente en su escrito, pudiendo ser desestimada la intervención por el presidente de no hacerlo así.
10. La pregunta podrá ser dirigida a un miembro del Equipo de Gobierno o si se estima
oportuno, a los representantes de todos los grupos municipales.
11. Habrá un solo turno de respuesta con la misma duración que el turno de pregunta.
12. Corresponderá al presidente, o a quien le sustituya, dirigir las intervenciones y, en consecuencia, dar la palabra y mantener el orden para lo cual, podrá denegar la petición si entiende que la intervención solicitada pueda dar lugar a incidentes.
13. Quedará constancia escrita, en un acta tomada por personal de Participación Ciudadana, de todas las intervenciones y preguntas realizadas por los vecinos, así como de las respuestas y compromisos adquiridos que reciban de los representantes políticos.
Cómo participar en el Pleno según el Reglamento Orgánico Municipal
9 meses arrinconado,…

Y por ello os explicamos cómo participar en el Pleno según el Reglamento Orgánico Municipal. O sea, se puede preguntar con el sistema 1.1. sobre temas anticuados preparados con antelación. Y si hay cosas que surgen después solo se puede usar el sistema 1.2.: desde marzo no han preparado nunca el sistema que obliga el ROM: habilitar un registro durante la propia sesión del Pleno que escuche oralmente las preguntas.

Hoy mismo en la reunión de la Junta de Portavoces se les ha recordado al Equipo de Gobierno que están actuando de forma ilegal al no habilitar el registro de preguntas de los ciudadanos durante el pleno como estable el propio ROM que ellos han aprobado. Pero a pesar de todo no han confirmado si mañana jueves habrá registro.

El mes pasado, sin avisar de ningún modo, suspendieron sobre la marcha el derecho de asistir al Pleno los ciudadanos.

Suponemos que si piensan volver a cerrarnos el Pleno, lo tendrán que hacer público y explicar las razones por las que en el teatro admiten, sin ser una actividad de primera necesidad que se utilice con un 75% de aforo y el pleno exige un 0% de aforo (Por cierto en el teatro hay casi tantas ventanas practicables como en el Salón de plenos). Esperamos respuesta por eso de guardar las normas y protocolos democráticos y el respeto a los ciudadanos. No creo que piensen que el COVID es muy «respetuoso» con la cultura y no contagia y cuando es con la política sí contagia.

Animamos a realizar cuantas más preguntas mejor y a los representantes de todos los grupos municipales como medida higiénica democrática para luchar contra el despotismo de que en público se puedan oír a veces voces discordantes a lo que piensa el equipo de gobierno.

Para que no haya la tentación de callarlas, como ocurrió el mes pasado, hágannoslas llegar y las publicaremos si no lo hace el Ayuntamiento.

Hace meses ya nos dijo el alcalde que no era importante asistir al pleno y si alguien le quería decir algo que le llamara y lo hablarían los miércoles «en privado». No entendía que algunos quieren decirle las cosas delante de todo el mundo, como se hace desde hace mucho en los sistemas democráticos, no en charlas de «capillitas de palacio».

Hemos conseguido participar en el Pleno según el Reglamento Orgánico Municipal impuesto. Ánimo, la tolerancia es para los que no piensan como tú, no para los que piensan como tú.

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