Subvención a pymes
Información general
Subvenciones a pymes de Tres Cantos con un máximo de hasta 10 trabajadores en plantilla o autónomos, que realicen actividad de comercio menor, determinados servicios personales y hostelería.
Esta convocatoria se divide en dos líneas de ayudas:
- Línea 1: Para la inversión en innovación tecnológica. Se subvencionará el 30% de las inversiones en conceptos inventariables de innovación tecnológica asumidos por el solicitante (ordenadores, portátiles, tablets, adquisición de software para el negocio en ningún caso, mantenimiento ni uso de licencias), cajas registradoras, pantallas, etc. Se excluyen teléfonos móviles, pequeños accesorios informáticos (teclados, ratones, etc.), cableado, cargadores y otros conceptos no inventariables.
- Línea 2: Para la inversión en reforma o adquisición de equipamiento inventariable para el local donde se ejerza la actividad. Se subvencionará el 30% de las inversiones de reforma del local, adquisición de equipamiento específico para la actividad (muebles, maquinaria, excluida la informática), por conceptos inventariables.
No se considerarán subvencionables los gastos ordinarios de mantenimiento y conservación de los bienes adquiridos, ni los bienes tecnológicos adquiridos con el objetivo de servir como premios o para disfrute individual fuera del marco comercial.
Los beneficiarios deberán haber realizado el gasto y pago entre el 1 de octubre de 2023 hasta 30 de septiembre de 2024 y haber iniciado su actividad con fecha anterior a la de la solicitud de la ayuda.
Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 24 de octubre a 14 de noviembre de 2024.
La solicitud se realizará a través de la oficina virtual de trámites en la sede electrónica, seleccionando “Subvención Pymes” en “Ayudas y subvenciones” .
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios los solicitantes que cumplan con todos los requisitos siguientes:
1. Que dispongan de local comercial ubicado en Tres Cantos abierto al público, con licencia municipal concedida a nombre del solicitante, en el que venda sus productos y/o servicios directamente al consumidor final, y que el epígrafe de actividad en el que esté dado de alta en el IAE figure en la siguiente lista de epígrafes:
- 641 – Comercio minorista de frutas y verduras.
- 642 – Comercio minorista de carnes, aves, huevos y caza.
- 643 – Comercio minorista de pescado.
- 644 – Comercio minorista de pan, pasteles, confitería, lácteos.
- 645 – Comercio minorista de vinos y bebidas.
- 647.1 – Comercio menor de productos alimenticios y bebidas
- 647.2 – Comercio menor de productos alimenticios en menos de 120 m
- 651 – Comercio menor de productos textiles, confección, calzado, piel y cuero.
- 652.2 – Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
- 652.3 – Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal.
- 652.4 – Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.
- 653 – Comercio menor de artículos para equipamientos de hogar y construcción.
- 656 – Comercio minorista de bienes usados.
- 657 – Comercio minorista, instrumentos de música y accesorios.
- 659 – Otro comercio al por menor.
- 665 – Comercio menor por correo o catálogo. Para las ventas por Internet.
- 671,2,3,5,6 – Servicios de hostelería, restauración.
- 971 – Lavanderías, tintorerías y similares
- 972 – Salones de peluquería e institutos de belleza.
- 973 – Servicios fotográficos y fotocopias.
- 975 – Servicios de enmarcación.
Si solo figura en esta lista el grupo de 3 cifras, entran todos los epígrafes del grupo. En caso contrario, solo los epígrafes que aparecen en el listado.
2. Que tengan la condición de pyme con un máximo de hasta 10 trabajadores, inclusive en plantilla o autónomo.
Antes de realizar su solicitud, consulte las bases completas de la convocatoria.
Documentación
- Solicitud realizada a través de la oficina virtual de trámites en la sede electrónica, seleccionando “Subvención Pymes” en “Ayudas y subvenciones” o haciendo clic en Trámite online
- Facturas justificativas.
- Documento bancario acreditativo del abono de las facturas.
- Documento acreditativo de la representación, en caso de presentación de la documentación por una entidad distinta al solicitante.
- CIF de las Sociedades Mercantiles, Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles o NIF, en caso de que el solicitante sea un empresario autónomo.
- Para sociedades mercantiles, civiles, comunidades de bienes, original del DNI de los representantes legales de la empresa por ambas caras, y página de la escritura o estatutos en la que figure el poder de su representación.
- Copia de la licencia de actividad concedida por el Ayuntamiento de Tres Cantos.
- Certificado de situación censal de la empresa emitido por la AEAT. El certificado no tendrá una antigüedad superior a tres meses.