IBI: Bonificaciones por familia numerosa
Información general
Familias que hayan renovado el TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA, nuevas altas o que hayan cambiado su domicilio.
Presentación de solicitudes
- Presenciales: En los horarios de funcionamiento del registro.
- Telemáticas: A través de la sede electrónica, seleccionando “Bonificación IBI para familias numerosas” en Tributos.
Condiciones de bonificación para familias numerosas
Gozarán de una bonificación del 50 por 100 sobre la cuota íntegra del impuesto, los sujetos pasivos que ostenten la condición de familia numerosa de categoría general. Asimismo, gozarán de una bonificación del 75 por 100 sobre la cuota íntegra del impuesto, los sujetos pasivos que ostenten la condición de familia numerosa de categoría especial.
La bonificación concedida mantendrá sus efectos sin necesidad de nueva solicitud salvo en los supuestos de cambio de domicilio o de renovación del título, en los que el interesado deberá volver a presentar la solicitud.
La bonificación tendrá carácter rogado, debiendo presentar el sujeto pasivo la correspondiente solicitud acompañada de la documentación (título de familia numerosa) antes de la fecha de devengo, y como fecha límite, para que se aplique en el mismo ejercicio de la solicitud, el 31 de diciembre del ejercicio en curso. Transcurrido dicho plazo, la bonificación se aplicará en el ejercicio siguiente al de la solicitud, salvo en los supuestos que se acredite tener cumplido y presentado en esta Administración, con anterioridad a la fecha de devengo, la condición de familia numerosa. La presentación de la citada documentación solo será necesaria cuando se solicite por primera vez la bonificación y cuando se renueve o modifique la condición de familia numerosa.
La bonificación se disfrutará únicamente por un inmueble que será el de la residencia habitual de la familia. El Ayuntamiento realizará esta comprobación consultando el padrón de habitantes.
Documentación
- Solicitud.
- Título general de familia numerosa en el que figuren todos sus miembros.
Área responsable
Área de Servicios Económicos.
Plaza del Ayuntamiento, 1