
Las cuestiones que más preocupan a los consumidores.
¿Cómo puedo poner una reclamación a un taxi?
Si la reclamación tiene que ver con mejoras del servicio, o reclamaciones relativas a cualquier incidencia u anomalía en la prestación del mismo:
- En la ciudad de Madrid, debe dirigirse a la calle Albarracín, 33 y presentar el impreso que encontrará en el enlace (de manera presencial o a través de internet, con certificado digital).
- En otros municipios de la Comunidad de Madrid, acuda a la Oficina Municipal de Información al Consumidor del municipio o a la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid o a través de internet, con certificado digital.
Si la reclamación es económica (desacuerdo con importe cobrado) o tiene que ver con el extravío o daños de equipajes o encargos, daños personales durante el transporte, falta de condiciones de confortabilidad de los vehículos, modificación unilateral de condiciones contractuales o no aplicación de descuentos, puede dirigirse a las Juntas Arbitrales del Transporte de Madrid y solicitar un arbitraje. El trámite se puede realizar a través de internet, con certificado digital.
Los conductores de taxi deben tener en los vehículos hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios. En caso de que no se las faciliten, puede solicitar la asistencia de la policía municipal para que deje constancia del hecho.
¿A partir de qué hora pueden los taxis aplicar la tarifa nocturna?
El otro día quise pagar con un billete de 50 euros al taxista y me dijo que no tenía cambio de un billete tan grande. ¿Hasta qué cantidad tienen obligación de tener cambio?
¿Pueden cobrarme algún suplemento por llevar mi equipaje?
El otro día cogí un taxi y me dio la sensación de que el taxímetro ya estaba funcionando cuando yo subí a él. ¿A partir de qué momento se tiene que bajar bandera?
¿Cuánto cuesta ir al aeropuerto de Barajas, si cojo un taxi en el perímetro de la M30?
Para disfrutar, con las máximas garantías, de un servicio de taxi es conveniente que el consumidor conozca sus derechos cuando viaja en uno de estos vehículos
Normativa
- Decreto 271/2023, de 20 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo.
- Orden de 17 de diciembre de 2019, de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras sobre régimen tarifario de los servicios interurbanos de autotaxi.
- Decreto 35/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo aprobado por Decreto 74/2005, de 28 de julio.
- Ley 2/2015, de 10 de marzo, de acceso al entorno de personas con discapacidad que precisan de acompañamiento de perros de asistencia.
- Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos (legislación consolidada).
- Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo (legislación consolidada).
- Orden de 28 de noviembre de 2014, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, sobre régimen tarifario de los servicios interurbanos de autotaxi.Orden PCI/810/2018, de 27 de julio, por la que se modifican los anexos II, XI y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Resolución de conflictos
- Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje (legislación consolidada).
- Decreto 42/1991, de 24 de mayo, por el que se constituyen las Juntas Arbitrales de Transporte de Madrid (legislación consolidada).