Desde este lunes 4 de octubre han entrado en vigor nuevas medidas que relajan las restricciones en la Comunidad de Madrid para hacer frente a la pandemia de COVID-19. Entre las principales novedades, se encuentra la supresión de los aforos de todas las actividades económicas y sociales, que vuelven al 100% de las autorizadas antes de la pandemia.
Bares, restaurantes, discotecas, salas de espectáculos, lugares de culto, bodas, funerales, bibliotecas, museos, cines, teatros e instalaciones deportivas pueden ya funcionar con su aforo legal permitido al 100%.
En el ocio nocturno, de momento, solo está permitido el baile al aire libre. No obstante, en las pistas podrán instalarse mesas altas para el consumo de pie por los clientes, guardando en todo caso la distancia interpersonal.
Por su parte, los bares y restaurantes ya no tienen ninguna restricción en el número de comensales por mesas, si bien debe mantenerse la distancia de seguridad entre las mismas. Además, siempre que se mantengan sentados, los clientes podrán consumir en barra. El consumo de tabaco u otros dispositivos similares en la vía pública estará prohibido cuando no se pueda garantizar una distancia mínima de dos metros.
Sigue siendo obligatorio el uso de la mascarilla en espacios cerrados de uso público, aunque se pueda mantener la distancia de seguridad. En exteriores, se recomienda su uso cuando no se pueda mantener un metro y medio de distancia. Se mantienen el resto de medidas sanitarias de prevención respecto al cumplimiento de la distancia de seguridad, higiene de manos y ventilación de espacios.
En la actividad escolar se recomienda una distancia de seguridad de 1,2 metros entre los alumnos y el uso de mascarilla.