domingo, 24 noviembre, 2024
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Información completa de agua

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El agua es un recurso natural y esencial para el desarrollo de la vida. Además, es un suministro básico en las viviendas. Su uso es fundamental y necesario para los consumidores representando uno de los gastos más importantes a final de mes.

Entre las dudas más frecuentes que plantea el suministro de agua entre los consumidores madrileños se encuentra todo lo relacionado con las facturas, el contrato, los cortes de suministro o saber quién es el responsable de la calidad del agua que llega a nuestras viviendas. En el siguiente apartado, encontrará respuesta a esas y otras cuestiones.

Recuerde que….

En todas las modalidades de contratación, ya sea por internet, teléfono o presencialmente, deberá devolver el contrato firmado al Canal de Isabel II, en un plazo de 15 días para su archivo y registro.

Si contrata a distancia, tiene derecho de desistimiento durante los 14 días siguientes a la firma del contrato, sin penalización alguna. Únicamente deberá abonar la cuota de enganche y de red que proceda, así como el consumo efectuado hasta la fecha.

El Canal de Isabel II dispone de un servicio de atención telefónica y por internet para la asistencia, contratación y gestión de sus clientes. Asimismo, podrá exponer sus quejas y reclamaciones en ese teléfono.

En el caso de que sea uno de los 6 municipios que no se engloban dentro de la gestión del Canal de Isabel II, deberá confirmar quien es su organismo gestor del agua y firmar con él un contrato. Es conveniente, como siempre comentamos, que lea detenidamente toda la información contractual que reciba.

Recuerde que…

Podrá evitar la suspensión del suministro abonando la cantidad adeudada antes de que se lleve a efecto la suspensión.

En caso de reclamación por disconformidad con la cantidad facturada, se interrumpirán los procedimientos de suspensión del suministro hasta que se resuelva la reclamación. Una vez resuelta, sin ser favorable al consumidor, deberá pagar la deuda para evitar la suspensión, aunque quiera presentar una nueva reclamación.

Según la legislación vigente, la autoridad sanitaria también puede prohibir el suministro o el consumo de agua, restringir su uso (por ejemplo, que solo se utilice para lavar o limpiar objetos),  y declararla como no potable, en el caso de que se detecte que el agua incumple los parámetros de calidad establecidos para el consumo humano.

Los usuarios que no tengan contratado el suministro con el Canal de Isabel II, y pertenezcan a otro gestor de suministro, están sujetos a las condiciones que, sobre garantía de suministro y suspensión, aparezcan recogidas en su contrato.

Cómo entender mi factura del agua

En la Comunidad de Madrid, la factura por los servicios de abastecimiento y saneamiento del agua debe contener los datos siguientes para todos los consumidores, independientemente de su gestor de suministro:

Detalle de los apartados de la factura

 

  1. Datos del suministro. Entre los que se incluyen los datos del suministro (dirección de la finca abastecida, titular del contrato o los datos del contador (1). Además, deberá aparecer el número de contrato, de factura y el número que el canal asigna a cada cliente cuando se da de alta (6) y los datos de envío al destinatario (7).
  2. Lecturas y consumo. Donde aparece reflejado el periodo facturado, la lectura del contador y los datos de consumo en metros cúbicos (2). Se incluye además, en este apartado, la fecha de la próxima lectura (3).
  3. Descripción e importe de cada uno de los servicios que se incluyen en la factura, así como el IVA aplicado sobre los conceptos incluidos en la factura (4). Se compone de:
    1. Cuota de servicio: es una cantidad fija en concepto de disponibilidad del servicio, que se paga en función del calibre (diámetro) de la tubería principal que abastece la vivienda. Se divide, en abastecimiento (agua que entra en el domicilio) y saneamiento (agua que se desecha por el desagüe).
    2. Cuota de consumo: hace referencia al coste variable de la factura. Incluye los costes de aducción, distribución, alcantarillado y depuración. Refleja el coste del consumo que hemos efectuado en este periodo multiplicado por el precio del metro cúbico.
    3. Se podrá también incluir una cuota suplementaria destinada a la financiación de obras de infraestructura y actuaciones medioambientales.
  4. Las formas de pago (5). Incluyendo el número de cuenta en el que se hará el cargo del servicio, importe líquido a pagar, información para facilitar el cobro
  5. Información que la empresa estime oportuna, como un histórico del consumo (9), mensajes personalizados o corporativos o información sobre el consumo medio (8).
  6. Desglose de los importes facturados (11), del importe total a pagar (10) y del importe de la factura (12), IVA incluido.

Por último, debe aparecer la información relativa a cómo reclamar por las facturas indicando: la dirección postal, número de teléfono y fax y dirección de correo electrónico donde el consumidor se puede dirigir en caso de tener que poner una reclamación o queja.

Puede consultar más información sobre factura del agua en el siguiente reportaje del Portal del Consumidor.

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