Información sobre la necesidad del visado de contratos tanto de compraventa como de alquiler de VPP
Solicitud
El contrato de compraventa debes presentarlo para su visado:
- En el momento de solicitar la calificación definitiva, los promotores deberán presentar, además, para su visado, los contratos de compraventa o títulos de adjudicación que hubiesen sido suscritos hasta la fecha, sin perjuicio de la presentación posterior de aquellos que se suscriban una vez obtenida la calificación definitiva.
- Los contratos de compraventa que se suscriban con posterioridad a la calificación definitiva, deberán presentarse en el plazo máximo de 10 días desde su suscripción.
El contrato de arrendamiento debes presentarlo para su visado, en el plazo máximo de 10 días desde su suscripción.
Tramitación
Visado de Contratos de Compraventa de Vivienda Protegida, de promotores
Visado de Contratos de Arrendamiento de Vivienda Protegida, de particulares
Visado de Contratos de Arrendamiento de Vivienda Protegida, de promotores
Cláusulas de inclusión obligatoria en los contratos de compraventa de viviendas protegidas otorgadas por el promotor
Para viviendas acogidas al Decreto 11/2005
Para viviendas acogidas al Decreto 74/2009
Cláusulas obligatorias en el contrato de arrendamiento
Para viviendas acogidas al Decreto 11/2005
Para viviendas acogidas al Decreto 74/2009
Cita previa
Si tienes alguna duda y deseas consultar con las unidades de tramitación, puedes solicitar cita
Notificaciones electrónicas
Mediante este servicio, se recibirán las notificaciones que realice la administración de la Comunidad de Madrid, por medios electrónicos