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Listados provisionales de admitidos y excluidos en las ayudas a empresas de comercio menor

Información general

Listados provisionales

Listado de admitidos.

Listado provisional de excluidos. Plazo de subsanación de solicitudes de 25 de noviembre a 4 de diciembre de 2022.

Bases reguladoras

Subvención a favor de empresarios del que realicen su actividad económica bajo alguno de los epígrafes del IAE especificados en estas bases, cuyo centro de actividad radique en el municipio de Tres Cantos con local abierto al público, o que realicen la venta online con domicilio fiscal en Tres Cantos.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 26 de septiembre a 24 de octubre. 

  1. Sólo se admitirán las solicitudes presentadas en tiempo y forma a través de la oficina virtual de trámites en la sede electrónica, seleccionando “Comercio menor” en “Ayudas y subvenciones” .
  2. Las solicitudes podrán ser firmadas por el titular de la actividad (empresario autónomo o representante legal de persona jurídica), en cuyo caso debe adjuntar el documento de la representación al Ayuntamiento de Tres Cantos.
  3. Para recibir las notificaciones y tramitación por medios electrónicos, deberá estar/darse de alta en el Servicio de Notificaciones Telemáticas del Ayuntamiento de Tres Cantos.
  4. La concejalía podrá requerir al interesado la presentación de documentos originales, para su cotejo con los documentos presentados a través de sede. En caso de no atender dicho requerimiento, al interesado se le considerará desistido de su petición.

Beneficiarios

Podrán acogerse a esta línea de ayudas, las empresas que cumplan todos los requisitos que figuran a continuación:

  1. Que estén dados de alta entres sus actividades, en alguno de los epígrafes del IAE que figura en ANEXO I de estas bases.
  2. Que ejerzan la actividad de una de las dos formas siguientes:
    1. En local abierto al público que radique en el municipio de Tres Cantos.
    2. Que realicen exclusivamente venta online, sin local abierto al público, pero con domicilio fiscal en Tres Cantos, en cuyo caso exclusivamente podrán solicitar la subvención por gastos de innovación y empleo.  Es requisito, en este caso, que la página web esté en funcionamiento, activa y con pasarela de pago activa, con anterioridad a la solicitud.
  3. Que ejerzan su actividad bajo la fórmula de:
    • Sociedad mercantil
    • Sociedad civil
    • Comunidad de bienes
    • Empresario individual / autónomo
  4. Que tengan la condición de micro-pyme establecida por la Unión Europea:
    • Que emplee a menos de 10 personas.
    • Que su volumen de negocio anual o su balance general anual no supere los 2 millones de euros.
    • Que cumplan con el criterio de independencia: el 25% o más de su capital o de sus derechos de voto no pertenezca a otra empresa, o conjuntamente a varias empresas que no respondan a la definición de PYME.
  5. Que su actividad haya comenzado antes de la solicitud de subvención. En el caso de comercios de actividad exclusiva de venta Online, la página web del negocio debe estar en funcionamiento y disponer de pasarela de pago. Dicha circunstancia será comprobada por el Ayuntamiento de Tres Cantos. En caso de no funcionar, o no disponer de pasarela de pago, se desestimará su solicitud.

Exclusiones

  1. Que concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  2. Que no se hallen al corriente del cumplimento de sus obligaciones y/o que tengan deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Tres Cantos, salvo que el pago de dichas deudas estuviera debidamente garantizado de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  3. Que no se hallen al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
  4. Que no se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriores concedidas por este Ayuntamiento.

Documentación

  1. Epígrafe del IAE de su actividad marcado en el Anexo I.
  2. Solicitud conforme al Anexo II, firmada y sellada por la empresa.
  3. Relación de la documentación que aporta. Anexo III.
  4. Anexo IV, relación de todas las facturas presentadas y el motivo de las mismas.
  5. Documentación acreditativa de la representación, en caso de ser representado por entidad distinta a la empresa.
  6. CIF de las Sociedades Mercantiles, Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles o NIF del Empresario Autónomo.
  7. Para Sociedades Mercantiles, Civiles o Comunidad de Bienes, DNI de los representantes legales de la empresa y página de la escritura o estatutos en la que figure su representación.
  8. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Pública (AEAT). (Solo en caso de que no autorice al Ayuntamiento a su consulta)
  9. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.  (Solo en caso de que no autorice al Ayuntamiento a su consulta)
  10. Certificado de situación censal.
  11. Facturas por los dos primeros conceptos que figuran en la Base 10. La fecha de la factura será desde el 1 de noviembre de 2021 hasta final de plazo de las solicitudes. La base imponible de todas las facturas presentadas no será inferior a los 5.000€, (en caso contrario se rebajará la parte proporcional).
  12. Documentos de pago bancario de las facturas presentadas. La fecha de pago debe ser anterior o igual a la fecha límite de plazo de solicitud.
  13. Declaración responsable del número de trabajadores fijos de la empresa con contrato indefinido y copia de los contratos indefinidos.
  14. Declaración responsable de no haber sido sancionado por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  15. Contrato de la pasarela de pago para exclusivamente para comercios de venta Online.
  16. Factura y documento de pago de dominio de internet exclusivamente para comercios de venta Online y URL de la tienda online.

Consulte las bases de la convocatoria.

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