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Listados definitivos de admitidos y excluidos para el pago de la subvención al comercio menor

Información general

Listados definitivos

Resolución. Listados definitivos de admitidos y excluidos y pago de la subvención.

Listados provisionales

Resolución. Listados provisionales de excluidos y admitidos.

Plazo de  subsanación: de 20 a 24 de diciembre 2021, ambos incluidos

Bases de la convocatoria

Subvención destinada a favorecer el mantenimiento de la actividad económica y el desarrollo local en Tres Cantos mediante la concesión de ayudas económicas a favor de empresarios del sector de comercio minorista y determinados servicios cuyo centro de actividad radique en este municipio con local abierto al público, o que realicen la venta Online con domicilio fiscal en Tres Cantos.

Beneficiarios

Podrán acogerse a esta línea de ayudas, las empresas que cumplan todos los requisitos que figuran a continuación:

  1. Que estén dados de alta entres sus actividades, en alguno de los epígrafes del IAE que figura en ANEXO I de estas bases.
  2. Que ejerzan la actividad de una de las dos formas siguientes:
    1. En local abierto al público que radique en el municipio de Tres Cantos.
    2. Que realicen exclusivamente venta online, sin local abierto al público, pero con domicilio fiscal en Tres Cantos, en cuyo caso exclusivamente podrán solicitar la subvención por gastos de innovación.  Es requisito imprescindible en este caso, que la página web esté en funcionamiento, activa y con pasarela de pago activa, con anterioridad a la solicitud.
  3. Que ejerzan su actividad bajo la fórmula de:
    • Sociedad Mercantil
    • Sociedad Civil
    • Comunidad de Bienes
    • Empresario Autónomo
  4. Que tengan la condición de micropyme establecida por la Unión Europea:
    • Que emplee a menos de 10 personas.
    • Que su volumen de negocio anual o su balance general anual no supere los 2 millones de euros.
    • Que cumplan con el criterio de independencia: el 25% o más de su capital o de sus derechos de voto no pertenezca a otra empresa, o conjuntamente a varias empresas que no respondan a la definición de PYME.
  5. Que su actividad haya comenzado antes de la solicitud de subvención. En el caso de comercios de actividad exclusiva de venta Online, la página web del negocio debe estar en funcionamiento y disponer de pasarela de pago. Dicha circunstancia será comprobada por el Ayuntamiento de Tres Cantos. En caso de no funcionar, o no disponer de pasarela de pago, se desestimará su solicitud.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 28 de octubre a 11 de noviembre a través de la sede electrónica (Trámites online – Ayudas y subvenciones – Comercio menor)  Este enlace para tramitación online se habilitará a partir del día 28 de octubre.

  1. Solo se admitirán las solicitudes presentadas en tiempo y forma a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos: https://sede.trescantos.es
  2. Las solicitudes podrán ser presentadas por el titular de la actividad (empresario autónomo o persona jurídica) o por su representante legal, en cuyo caso debe adjuntar el documento de la representación al Ayuntamiento de Tres Cantos.
  3. Para presentar la solicitud a través de la sede electrónica, deberá estar en posesión de certificado digital.
  4. El interesado se obliga a señalar una dirección de correo electrónico como dirección de notificación electrónica, para todas las actuaciones que la Concejalía precise efectuar con ocasión de la tramitación de la solicitud para esta convocatoria.
  5. Todas las solicitudes presentadas en modo telemático, facultan a la Concejalía para solicitar al interesado la presentación de los documentos originales a los efectos del oportuno cotejo, que de no ser atendido por el interesado, se le considerará desistido de su petición.

Documentación

  1. Solicitud conforme al Anexo II. Firmada y sellada por la empresa.
  2. Datos bancarios conforme al Anexo III.
  3. Relación de la documentación que aporta. Anexo IV.
  4. Documentación acreditativa de la representación, en caso de ser representado por entidad distinta a la empresa.
  5. Licencia de actividad del local emitida por el Ayuntamiento.
  6. CIF de las Sociedades Mercantiles, Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles o NIF del Empresario Autónomo.
  7. Para Sociedades Mercantiles, Civiles o Comunidad de Bienes, DNI de los representantes legales de la empresa y página de la escritura o estatutos en la que figure su representación.
  8. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Pública (AEAT). El certificado no tendrá una antigüedad superior a los 6 meses.
  9. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. El certificado no tendrá una antigüedad superior a los 6 meses.
  10. Certificado de situación censal.
  11. Facturas de alquiler del local, o recibos de la hipoteca y documento de pago bancario de las mismas. Desde enero de 2021 hasta la fecha de solicitud. Solo deberán presentarse en caso de solicitar subvención por este concepto (base 10.,concepto 1).
  12. Facturas de luz del local y documento de pago bancario de las mismas. Desde enero de 2021 hasta la fecha de solicitud. Solo deberán presentarse en caso de solicitar subvención por este concepto (base 10 concepto 2).
  13. Facturas de gastos en innovación y documentos de pago bancarios de dichas facturas. Desde enero de 2021 hasta la fecha de solicitud. Solo deberán presentarse en caso de solicitar subvención por este concepto (base 10, concepto 3).
  14. Facturas de equipamiento y/o remodelación del local y documentos de pago bancarios de dichas facturas. Desde enero de 2021 hasta la fecha de solicitud.  Solo deberán presentarse en caso de solicitar subvención por este concepto (base 10, concepto 4).
  15. Declaración responsable del número de trabajadores fijos de la empresa con contrato indefinido y copia de los contratos indefinidos.
  16. Declaración responsable de no haber sido sancionado por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  17. Contrato de la pasarela de pago para exclusivamente para comercios de venta Online.
  18. Factura y documento de pago de dominio de internet exclusivamente para comercios de venta Online y URL de la tienda online.

Consulte las bases de la convocatoria.

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