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Arbolado Urbano. Conoce tus derechos

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arbolado urbano

La riqueza y variedad ambiental de nuestros pueblos y ciudades, se refleja, desde hace siglos, en la fisonomía de los municipios a través de parques y jardines, ya sean públicos o privados, paseos, alamedas, bulevares o simplemente aceras arboladas.

El árbol en la ciudad, a medio camino entre la naturaleza y la arquitectura, ha desarrollado funciones ornamentales, paisajísticas e, incluso, experimentales, sin olvidar que constituye la expresión de la necesidad sicológica de la Naturaleza. Además, aporta un equilibrio ecológico, no solo ejerciendo funciones reguladoras y depuradoras de carácter ambiental, sino, también, ofreciendo abrigo y protección para la fauna y la flora, lo que supone una mejora en la calidad de vida de los ciudadanos.

Todos los ejemplares de cualquier especie arbórea con más de diez años de antigüedad o veinte centímetros de diámetro de tronco al nivel del suelo que se ubiquen en suelo urbano se encuentran protegidos por la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid. Constituye el objeto de la Ley el fomento y protección del arbolado urbano como parte integrante del patrimonio natural de la Comunidad de Madrid.

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