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Más normalidad: desde el lunes 22, el Ayuntamiento abre la Oficina de Atención Ciudadana para registro y padrón

Más normalidad: desde el lunes 22, el Ayuntamiento abre la Oficina de Atención Ciudadana para registro y padrón. Pero hay que pedir cita previa obligatoria, en los días y horas establecidos en www.trescantos.es/citaprevia.  Incluimos esta notticia dentro de nuestro apartado de noticias de otras webs para facilitar su conocimiento

Si eres mayor de 60 años serás atendido de lunes a viernes de 10 a 11 horas, sin necesidad de pedir cita previa

Al reanudar su actividad, la cuenta de correo habilitada para gestionar estos trámites al inicio del Estado de Alarma, tramitesurgentes@trescantos.es, deja de prestar servicio y no se atenderá a partir de la misma fecha, por el mismo motivo, el fin del Estado de Alarma.

Más normalidad: desde el lunes 22 y continuamos,…

En http://transparencia.trescantos.es/2covid19/cita-previa-padron-registro/

tienes la siguiente información siguiendo ese enlace.

El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen prueba de residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en que resida habitualmente. Hay municipios que lo facilitan mucho como Tres Cantos por que suele tener beneficios económicos y personales muy variados (número de concejales remunerados, por ejemplo) y otras ciudades intentan controlarlo más para evitar se instale inmigración ilegal, por ejemplo.

El registro electrónico es el canal electrónico del Registro General del Ayuntamiento que facilita la presentación electrónica de escritos, solicitudes y comunicaciones relativas a los trámites municipales. Su uso es alternativo a la presentación en Oficinas Municipales de Registro.

Concretamente, las oficinas municipales y consulares son competentes para hechos relativos al matrimonio, nacimiento, defunción o hechos anómalos (como el desconocimiento, naufragio, etc.). Se inscriben en el registro municipal o consular del lugar donde ocurran los hechos. Cabe destacar, como excepción, que cabe la posibilidad de que a un hijo se le inscriba (respecto al nacimiento) en el domicilio de sus padres.

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