Jura de Bandera para personal civil en Tres Cantos. Todo lo que necesitas saber para la Jura de Bandera de Tres Cantos y sin intermediarios y en el plazo del Ministerio (antes del 29 de abril de 2022) para que no te quedes fuera.
Ya se ha abierto el plazo de inscripción, que finalizará el día 6 de mayo o cuando se complete el cupo de jurandos.
La Agrupación de la Base Aérea de Torrejón, organiza un acto de Jura de Bandera para personal civil, que tendrá lugar en la Plaza del Ayuntamiento, el día 22 de mayo, a las 11 horas.
Los requisitos para participar en el juramento a la Bandera son: tener nacionalidad española, ser mayor de edad, no haber sido declarado incapaz por sentencia judicial firme y, de haber jurado o prometido Bandera anteriormente, deberá mediar un lapso de tiempo de, al menos, veinticinco (25) años entre el juramento o promesa inicial y su renovación.
La selección de los vecinos que podrán realizar la Jura de Bandera civil, hasta cubrir un total de 300 plazas, se realizará, por riguroso orden de registro, siendo el plazo de inscripción hasta el 6 de mayo (eso dice el ayuntamiento pero según los organizadores, el Ministerio de Defensa la es antes del 29 de abril).
El impreso para inscribirse se puede recoger o descargarse a través en este enlace o en Atención al Vecino. Las instrucciones para rellenar el formulario pueden consultarse aquí Instrucciones-jura-o-promesa-bandera. Una vez cumplimentado, se presentará telemáticamente en el Ministerio de Defensa o se entregará presencialmente en Atención al Vecino, de lunes a viernes en horario de mañana, de 8.30 a 14 horas y de lunes a jueves, por las tardes, de 16 a 19 horas.
INSTRUCCIONES_ACTO_DE_JURA_DE_BANDERA_PARA_PERSONAL_CIVIL
INSTRUCCIONES SOBRE LA JURA DE BANDERA PARA PERSONAL CIVIL
La jura o promesa de Bandera para la población civil es un acto militar
solemne, cuyo objetivo es mostrar la fidelidad y lealtad a la Nación española a través de su mayor símbolo: la Bandera.
A partir de la Jura de Bandera, la persona que la ha realizado suscribe el compromiso de contribuir al bien común, ser un buen ciudadano/a y defender los intereses colectivos. La intensidad y dedicación de su labor será la que se haya comprometido ante sí mismo/a y la ejercerá desde el puesto que ocupe en la sociedad, ya sea en la familia o en su trabajo, en el ámbito privado o en el público.
La Defensa Nacional no es un concepto que corresponda únicamente a las
Fuerzas Armadas, muy al contrario, la defensa de España es tarea de todos siendo la resultante de la integración de todos los esfuerzos materiales, morales e intelectuales de una nación.
Para jurar Bandera no hace falta ser militar. La ceremonia de Jura de Bandera se convierte en una perfecta e imprescindible identificación del Pueblo con sus Fuerzas Armadas, que servirá para afianzar los lazos entre las Fuerzas Armadas y la sociedad a la que sirve.
Pueden participar todas aquellas personas con nacionalidad española,
hombres y mujeres, mayores de dieciocho (18) años que, además, cumplan los siguientes requisitos:
- No haber sido declarado incapaz por sentencia judicial firme.
- De haber jurado o prometido Bandera anteriormente deberá mediar un
lapso de tiempo de, al menos, veinticinco (25) años entre el juramento o promesa inicial y su renovación. - Solamente en circunstancias extraordinarias, apreciadas motivadamente
por el titular de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, responsable del Registro centralizado de los españoles que hayan prestado juramento o promesa ante la Bandera de España (REJUPROES), se podrá autorizar la renovación del juramento o promesa sin necesidad de cumplir dicho plazo.
Acto de juramento a la bandera
ACTO DE JURA O PROMESA A LA BANDERA
1- ACTO DE TOMA DE POSESIÓN DE JURAMENTO O PROMESA ANTE LA BANDERA DEL PERSONAL CIVIL
La Autoridad Militar designada será el encargado de tomar el juramento o
promesa y pronunciará la siguiente fórmula:
«¡Españoles! ¿Juráis o prometéis por vuestra conciencia y honor guardar la
Constitución como norma fundamental del Estado, con lealtad al Rey y, si preciso fuera, entregar vuestra vida en defensa de España?»
Los “jurandos” contestarán alto y claro: “Sí, lo hacemos”
2- BESO AL ESTANDARTE
A continuación, los “jurandos” pasarán de a uno besando el Estandarte de la
Bandera Nacional.
Al pasar por el Estandarte, volverán al lugar reservado para los “jurandos”
para poder continuar viendo el acto militar.
Besar la Bandera es un gesto simbólico que supone sellar el compromiso con
España. Acto que se realizara con el uso de la mascarilla correspondiente debido a la situación de COVID actual.
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22/05/2022
- 11:00 h
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Localidad: Tres Cantos (Madrid)
Nota informativa:
- Organizador: AGRUPACIÓN B. A. TORREJÓN
- Hora: 11:00
- Fecha límite de aceptación de solicitudes: 6 de mayo de 2022
- Número máximo de jurandos: 300 jurandos.
- Lugar: PLAZA DEL AYUNTAMIENTO
- Acto: JURA DE BANDERA DE PERSONAL CIVIL
Inscripción:
Observaciones:
- Requisitos para participar: tener la nacionalidad española, haber cumplido los 18 años y no haber sido declarado incapaz por sentencia jurídica firme.
- Para más información, contacte con la Delegación/Subdelegación de Defensa de su provincia.
Documentación:
- Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, por la que se modifica la Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
- Orden DEF/1445/2004, de 16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España.
Toda la información sobre atuendo, hora de llegada, punto de encuentro, así como desarrollo del acto:
1- Hora de presentación en la Plaza del Ayuntamiento de Tres Cantos
La persona que vaya a efectuar el juramento o promesa ante la Bandera de
España, deberá estar en el punto de encuentro ubicado junto a la puerta del
consistorio en la Plaza del Ayuntamiento de Tres Cantos no más tarde de las 10:00 horas del día 22 de mayo para recibir instrucciones del personal militar y de protocolo. Se recuerda que el acto dará comienzo a las 11:00 horas.
El único documento que debe aportar, y que podrá ser requerido a su
llegada, es el Documento Nacional de Identidad (DNI).
2- Vestuario y acompañantes.
Sobre el vestuario a utilizar, todo depende de la climatología que haga ese
día, pero debe representar la solemnidad del acto.
En cualquier caso, por regla general, se recomienda el uso de traje para los
caballeros y en consonancia, vestido adecuado para las mujeres. Normalmente no se rechaza a nadie ni se le impide prestar juramento o promesa por su indumentaria, pero conviene seguir cierto protocolo a la hora de vestir, y sobre todo sentido común.
Sera obligatorio el uso de mascarilla individual de protección por parte de
todo el personal asistente al acto, y especialmente para el personal que jure
Bandera.
Evidentemente pueden ir acompañados de invitados, pero ellos no dispondrán de espacio reservado para ver el acto.
3- Entrega de solicitudes de juramento o promesa ante la Bandera de España.
Antes del 29 de abril, deberá entregar la solicitud de juramento o promesa ante la Bandera de España, debidamente cumplimentada, firmada y acompañada de copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) en:
- La Subdelegación de Defensa en de Madrid
- A través de la WEB de Defensa:
https://www.defensa.gob.es/defensa_yo/juras-bandera/ - En el Ayuntamiento de Tres Cantos mediante certificado digital.
4- Entrega de certificados
Los “jurandos” podran recoger su certificado en la misma puerta del
ayuntamiento al finalizar el acto.
PREGUNTAS FRECUENTES1- ¿Hay alguna diferencia entre jurar y prometer?
Históricamente, se relacionaba el concepto “jurar” a un carácter religioso,
mientras que “prometer” se relacionaba más con algo aconfesional. Sin embargo, desde el año 2007, este debate ya no existe, ya que la nueva respuesta a la fórmula del juramento o promesa es en ambos casos: “Sí, lo hacemos”.
2- ¿Hay que besar la Bandera? ¿Ocurre algo si no se hace?
El beso a la Bandera es un gesto simbólico, que supone sellar el compromiso
con España y los españoles. Sin embargo, puede ocurrir que con los nervios no se realice físicamente, no ocurre nada…. Pero ¡No lo dudes, besa la Bandera¡
Debido a la pandemia actual y por motivos de Seguridad todo el personal
que jure Bandera deberá hacer uso de mascarilla de protección siendo opcional, en cualquier caso, realizar el beso a la Bandera.
3- Si en su momento fue objetor de conciencia y no hizo el Servicio Militar Obligatorio ¿puedo realizar el acto de juramento de Bandera ahora?
Por supuesto que sí. Como se ha indicado anteriormente, cualquier español
que cumpla con los requisitos legales puede participar en el solemne acto de
juramento a la Bandera para personal civil. No haber hecho el servicio militar
obligatorio, cuando así estaba establecido, no impide ahora ser participe en el acto de juramento a la Bandera.
4- ¿Se puede repetir la Jura de Bandera?
Por Orden DEF/8/2017, de 9 de enero, el apartado tercero determina: “La
unidad organizadora, una vez celebrado el acto de juramento o promesa, remitirá a las Delegaciones o Subdelegaciones de Defensa correspondientes, para su inclusión en el Registro centralizado de los españoles que hayan prestado juramento o promesa ante la Bandera de España (REJUPROES), la relación nominal de aquellos que hayan ejercido este derecho” y en el apartado 2 establece que: “Para que no desmerezca la importancia y trascendencia del acto, entre la fecha del juramento o promesa inicial y su renovación deberá mediar un lapso de tiempo de, al menos, veinticinco años. Solamente en circunstancias extraordinarias, apreciadas motivadamente por el titular del órgano responsable de REJUPROES, se podrá autorizar la renovación del juramento o promesa sin necesidad de cumplir dicho plazo”.
5- ¿Puedo realizar la Jura de Bandera para personal civil en otra localidad?
Evidentemente sí. Las Fuerzas Armadas organizan numerosas juras de
Bandera para personal civil a lo largo de toda la geografía española.
La pagina web_del_Ministerio_de_Defensa ofrece el listado completo, mes a
mes, de estos actos.
NORMATIVA APLICABLE
La legislación aplicable está reflejada en la Orden_DEF/1445/2004 , de fecha
16 de mayo, por la que se establece el procedimiento para que los españoles
puedan solicitar y realizar el juramento o promesa ante la Bandera de España y en la posterior Orden_DEF/8/2017 , de 09 de febrero, que modifica a la anterior.
Nota: La tramitación de la solicitud de Juramento o Promesa y Renovación ante la Bandera de España conlleva la autorización por parte del jurando de la toma de imágenes durante los actos para su difusión en la página web de DEFENSA.
Todo lo que necesitas saber para la Jura de Bandera de Tres Cantos y sin intermediarios y en el plazo del Ministerio (antes del 29 de abril de 2022) para que no te quedes fuera.